La propuesta de remuneración por copia privada vuelve a escena. El esquema plantea cobrar por equipos capaces de almacenar o reproducir contenidos y podría terminar encareciendo herramientas esenciales para millones de mexicanos.
El llamado “moche digital” está de regreso. Una propuesta que hace cinco años fue desechada por la Cámara de Diputados vuelve a colocarse en la discusión pública, ahora bajo el argumento de establecer una remuneración compensatoria por copia privada sobre celulares, computadoras, tabletas y otros dispositivos electrónicos.
El planteamiento que se impulsa desde el ámbito de los derechos de autor busca que fabricantes, importadores o primeros comercializadores paguen una compensación vinculada a equipos capaces de almacenar, copiar o reproducir obras protegidas. En la práctica, el debate de fondo sigue siendo el mismo: cobrar por la capacidad tecnológica de un aparato, independientemente del uso concreto que termine dándole su propietario.
El tema ha cobrado nuevo impulso durante 2026. Roberto Cantoral Zucchi, director general de la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM), declaró en enero que uno de los principales objetivos de la organización para este año es avanzar en la remuneración compensatoria por copia privada. Cantoral afirmó además que la SACM mantiene comunicación con la Secretaría de Cultura y las autoridades responsables de los derechos de autor.
Un proyecto que el Congreso ya rechazó
La idea no es nueva. En 2020, el entonces diputado de Morena Sergio Mayer impulsó una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que establecía una remuneración compensatoria para equipos y soportes tecnológicos capaces de copiar o reproducir contenidos.
La iniciativa contemplaba como sujetos obligados a fabricantes e importadores y tomaba en cuenta factores como capacidad de almacenamiento, frecuencia de uso y precio de los aparatos para determinar la compensación.
El proyecto llegó al pleno de la Cámara de Diputados en abril de 2021, pero terminó desechado con 292 votos en contra, 87 a favor y 59 abstenciones. Incluso legisladores de Morena y sus aliados terminaron frenando una propuesta surgida desde las propias filas de la mayoría legislativa.
Ahora, el debate se concentra en la posibilidad de desarrollar la remuneración compensatoria mediante disposiciones reglamentarias. La diferencia es jurídicamente relevante: mientras el intento anterior buscó modificar directamente la Ley Federal del Derecho de Autor, un desarrollo vía Reglamento abriría una discusión sobre hasta dónde puede llegar el Ejecutivo sin que el Congreso haya aprobado expresamente los elementos esenciales de este sistema.
Actualmente, el artículo 40 de la Ley Federal del Derecho de Autor sí reconoce que los titulares de derechos patrimoniales y derechos conexos pueden exigir una remuneración compensatoria por determinadas copias o reproducciones realizadas sin autorización. El Reglamento también menciona la remuneración compensatoria por copia privada. Sin embargo, el texto vigente no contiene el amplio sistema de tarifas, dispositivos, obligados y mecanismos de recaudación que se pretendió incorporar mediante la reforma rechazada en 2021.
¿Cobrar por lo que podría hacerse con un celular?
Uno de los aspectos más controvertidos del esquema es que el cobro no dependería necesariamente de comprobar que el usuario realizó una copia privada de una canción, película, libro u otra obra protegida.
El dispositivo entraría al esquema por sus características y capacidad para almacenar o reproducir contenidos. Esto significa que una computadora utilizada exclusivamente para trabajar, un teléfono empleado principalmente para mensajería o una tableta destinada a actividades escolares podrían quedar dentro del mismo universo tecnológico.
Ese fue precisamente uno de los principales cuestionamientos cuando el proyecto se discutió en 2021. Organizaciones de derechos digitales argumentaron entonces que computadoras, teléfonos, discos duros y memorias USB tienen innumerables usos distintos a realizar copias de obras protegidas.
La controversia aumenta si la tarifa se vincula con el valor comercial del aparato. Un celular de gama alta podría generar una compensación mayor que uno económico aunque la diferencia de precio responda a una mejor cámara, procesador, pantalla, funciones de inteligencia artificial o potencia de cómputo y no necesariamente a que su propietario copie más contenidos.
El consumidor, al final de la cadena
Aunque jurídicamente el obligado al pago pudiera ser un fabricante, importador o comercializador, la pregunta económica es distinta: ¿quién termina absorbiendo el costo?
Cualquier cargo adicional incorporado a la comercialización de celulares, laptops, tabletas, discos duros, memorias y otros equipos puede convertirse en un componente más de la estructura de costos y trasladarse, total o parcialmente, al precio final.
El antecedente de 2021 ya provocó esta discusión. Sus promotores sostenían entonces que el consumidor no tendría por qué absorber la remuneración y que el pago correspondería a fabricantes e importadores. Los críticos advertían, en cambio, del riesgo de que el costo terminara reflejándose en los precios.
El impacto sería especialmente delicado porque celulares y computadoras dejaron hace años de ser artículos accesorios: son herramientas indispensables para estudiar, trabajar, realizar trámites, vender, cobrar, comunicarse y emprender.
El problema del doble pago
Otro punto de discusión es cuánto sentido conserva un esquema tradicional de copia privada en una economía dominada por servicios digitales.
Millones de usuarios ya pagan suscripciones para acceder legalmente a música, películas, series, libros y otros contenidos. En esos casos existe una relación comercial licenciada entre plataformas, usuarios y titulares de derechos.
Aplicar además una compensación sobre el aparato desde el cual se accede a esos servicios plantea la discusión sobre una posible duplicidad económica: pagar por el contenido o la suscripción y, adicionalmente, soportar un cargo asociado al dispositivo utilizado para consumirlo.
La propia evolución tecnológica complica todavía más el argumento. Gran parte del contenido ya no necesita almacenarse permanentemente en el teléfono o computadora, sino que se reproduce mediante streaming o se encuentra alojado en servidores remotos.
¿Quién recauda y quién recibe?
La otra gran pregunta es qué ocurriría con el dinero.
Las distintas propuestas presentadas durante los últimos años han contemplado un papel central para las sociedades de gestión colectiva en la recaudación o distribución de la remuneración. La iniciativa discutida en 2021 establecía incluso porcentajes específicos para repartir recursos entre autores, productores, intérpretes, escritores, editores, fotógrafos y otros titulares de derechos.
Ahí aparece uno de los puntos que exige mayor transparencia en cualquier nueva propuesta: quién recaudaría, bajo qué reglas se administraría el dinero, qué porcentaje recibiría cada organización, cómo se identificaría a los beneficiarios y qué mecanismos de auditoría existirían.
No se trata de una discusión menor. Las estimaciones divulgadas durante el debate de 2021 hablaban entonces de una recaudación potencial de entre 4 mil y 6 mil millones de pesos anuales.
Cualquier planteamiento actualizado debería, por tanto, acompañarse de estudios públicos que expliquen el daño económico que pretende compensarse, el nivel real de copia privada en México, el uso efectivo de cada categoría de dispositivos y la metodología utilizada para determinar las tarifas.
Tecnología más cara en un momento clave
El posible regreso del “moche digital” abre además un debate que va más allá de los derechos de autor.
México atraviesa un proceso acelerado de digitalización y busca atraer inversiones vinculadas con tecnología, manufactura avanzada, centros de datos, inteligencia artificial y cadenas productivas norteamericanas. Añadir costos a dispositivos utilizados tanto por consumidores como por estudiantes, profesionistas y empresas podría generar efectos que deberían evaluarse antes de implementar cualquier nuevo mecanismo.
También existe el riesgo de profundizar la brecha entre comercio formal e informal. Mientras importadores y distribuidores establecidos tendrían que cumplir con nuevas obligaciones administrativas y económicas, mercancía introducida irregularmente al país podría eludirlas, aumentando los incentivos para adquirir productos fuera de los canales formales.
La discusión, por tanto, no debería reducirse a si los autores merecen recibir una remuneración justa por sus obras —un principio reconocido por la legislación mexicana—, sino a determinar si resulta jurídicamente válido y económicamente razonable financiar esa compensación mediante un cargo generalizado sobre dispositivos tecnológicos.
El Congreso ya rechazó una vez este modelo. Cinco años después, sus promotores vuelven a colocarlo sobre la mesa. Esta vez, la atención estará puesta no solamente en cuánto pretenden cobrar, sino en algo todavía más importante: mediante qué mecanismo buscan hacerlo y quién terminará pagando realmente la cuenta.













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